
21 Ene Visita al Tribunal de Violencia contra la Mujer
El pasado 21 de enero, la magistrada Begoña López Anguita, jueza instructora del Tribunal de Violencia contra la Mujer n.º 5 de Madrid, recibió a un equipo de L’Entraide, junto con la cónsul general Nathalie Berthy, el cónsul adjunto encargado de asuntos sociales Pablo Mejia, el magistrado de enlace Benoît Delepoulle, la consejera de asuntos sociales y miembros de sus equipos. Se abordaron numerosos temas relacionados con la legislación española contra la violencia de género y su aplicación, todos ellos de gran interés. Agradecemos sinceramente a la magistrada el tiempo que nos dedicó.
La primera ley contra la violencia de género en España data del 25 de noviembre de 2004. En ese momento, se establecieron instancias específicas para su aplicación. La creación de tribunales de instrucción como el que visitamos forma parte de este proceso. Posteriormente, esta ley ha evolucionado para ser más eficaz. La violencia de género ha dado lugar a un “Pacto de Estado”, resultado de un acuerdo entre todos los partidos políticos. Actualmente, se están llevando a cabo nuevas negociaciones para agrupar 400 medidas, algunas de ellas inéditas en comparación con las regulaciones anteriores.
Un tribunal muy particular
Los tribunales encargados de la violencia contra la mujer tienen la misión de tratar todos los tipos de violencia ejercida contra las mujeres, ya sea física, psicológica, moral o incluso económica. Analizan estos casos en su duración y tienen un funcionamiento muy particular. Así lo explicó la magistrada durante nuestra visita.
Como jueza de instrucción, su función consiste en evaluar la situación de cada víctima en su conjunto, determinar la gravedad de los delitos denunciados, evaluar las amenazas que pesan sobre las víctimas y establecer las medidas necesarias para protegerlas, así como, en su caso, a sus hijos. Se elabora un expediente de instrucción que dará lugar a una resolución penal en primera instancia.
El equipo
Una trabajadora social, una persona encargada de los niños durante las declaraciones de los padres, la policía municipal, un psicólogo, un médico forense… Son algunos de los colaboradores que asisten a la jueza de instrucción. Todas estas personas reciben formación específica para desempeñar su función.
El desarrollo de la instrucción
La magistrada insiste en las características particulares de este tipo de instrucción. Las mujeres llamadas a testificar o presentar una denuncia suelen encontrarse en una situación de sufrimiento físico y psicológico. Se sienten desamparadas ante la tragedia que atraviesan, temen por su integridad física y viven en la incertidumbre y el miedo sobre su futuro.
Todo el equipo que participa en la instrucción – jueza, trabajadoras sociales, psicólogos, policías… – recibe formación especializada, ya que cada palabra pronunciada y cada gesto pueden contribuir a facilitar o dificultar el avance del caso y su resolución. Los interrogatorios deben llevarse a cabo con sumo cuidado.
Para permitir que las madres testifiquen sin la presencia de sus hijos, se ha habilitado una guardería atendida por una puericultora. Si los niños también deben ser interrogados, pueden hacerlo en compañía de un perro especialmente entrenado para tranquilizarlos y generar confianza.
Las denuncias
Las denuncias pueden provenir de las propias víctimas, de sus familiares, de testigos… pero en muchas ocasiones, son presentadas por el médico que atendió a la víctima en el servicio de urgencias. En España, la policía es informada de cualquier signo de violencia observado en una mujer o un niño. Esta información da lugar a una investigación y, si procede, a acciones legales.
Los delitos
La violencia contra la mujer puede manifestarse de diversas formas, desde un simple empujón hasta amenazas y coacciones (privación de documentos de identidad, prohibición de salir del hogar), pasando por agresiones físicas más evidentes. También incluye violencia sexual, trata de personas, matrimonios forzados, mutilaciones, etc. La violencia económica también se considera un delito si se prolonga en el tiempo.
La ley sobre el consentimiento, aprobada en octubre de 2022 (conocida como “solo sí es sí”), ha ampliado el alcance de las acciones consideradas violencia de género. Ahora, la difusión de fotos íntimas o mensajes sin consentimiento, así como el control de las llamadas telefónicas de la pareja, son también delitos.
La violencia ejercida sobre los hijos de la pareja o sobre cualquier persona cercana es otro tipo de violencia, conocida en España como violencia vicaria. Los riesgos asociados a esta forma de violencia deben ser evaluados cuidadosamente.
La jueza de instrucción encargada de los casos de violencia contra la mujer y sus allegados debe determinar los riesgos que corren las víctimas y las medidas de protección que deben adoptarse, tanto en el ámbito penal como en el civil (custodia de los hijos, medidas económicas, uso de la vivienda, etc.). Este es uno de los aspectos más fundamentales y delicados del proceso, dada la gravedad de los riesgos involucrados. La magistrada subraya la importancia de actuar con urgencia para proteger a las víctimas.
Origen social y reincidencia
“La violencia de género está presente en todas las clases sociales. Sin embargo, la reincidencia depende en mayor medida del origen social”, reconoce la magistrada. Las recaídas en la violencia son frecuentes cuando las mujeres no logran alejarse definitivamente de su agresor.